Hay tres vías para prestaciones semanales de invalidez1) Incapacidad Total Temporal, 2) Incapacidad Parcial Temporal y 3) Incapacidad Permanente y Total.
- Prestaciones por incapacidad temporal total:
- Hasta 156 semanas o 3 años
- Prestaciones por incapacidad temporal parcial:
- Hasta 260 semanas o 5 años. Sin embargo, tiene derecho a 7 años de prestaciones si combina la incapacidad total temporal y la incapacidad parcial temporal. Por ejemplo, si recibe 3 años de prestaciones por incapacidad total temporal, no puede recibir otros 5 años de prestaciones por incapacidad parcial. Sin embargo, puede recibir otros 4 años de prestaciones por incapacidad parcial.
- Prestaciones por incapacidad permanente y total:
- No hay límite y es por el tiempo que tengas una incapacidad permanente y total. Recuerde que el hecho de que reciba prestaciones por incapacidad permanente y total no significa que vaya a recibirlas durante el resto de su vida. La compañía de seguros siempre puede presentar una reclamación para interrumpir sus prestaciones en cualquier momento.
Prestaciones médicas
- Tienes derecho a las prestaciones médicas mientras los servicios médicos sean necesarios, pero la aseguradora tiene derecho a denegar o interrumpir el tratamiento si considera que ya no lo necesitas. Puedes apelar una denegación de tratamiento a través de la DIA.
Recuerde que, una vez que esté recibiendo las prestaciones, deberá presentar los dictámenes de incapacidad de un médico. Si su médico le da el alta para volver a trabajar, la aseguradora dará por terminadas sus prestaciones o, como mínimo, presentará una reclamación para suspenderlas.