El abogado Jeffrey Catalano ayudó a obtener un acuerdo de $1,750,000 para una mujer que sufrió una lesión cerebral tras una colisión con un hombre que conducía un camión de contenedores.
La tarde del 5 de diciembre de 2006, el acusado conducía un camión de contenedores para su empresa. Mientras viajaba hacia el este por una autopista de cuatro carriles, se pasó por error su destino previsto por la izquierda. Se metió en un camino privado con la intención de dar marcha atrás para invertir la dirección y volver al destino que se había saltado.
La demandante conducía hacia el oeste y no vio el estrecho armazón de acero del camión que invadía su carril. Condujo a unos 80 km/h directamente contra el bastidor, que golpeó su parabrisas y su cabeza. El coche quedó atrapado bajo el bastidor y enredado en el camión.
El golpe la dejó inconsciente y sufrió un traumatismo craneoencefálico leve y fracturas de esternón, costillas, órbita ocular y muñeca derecha. Pasó un mes en el hospital, seguido de meses de rehabilitación y posteriores hospitalizaciones por infecciones de las heridas.
El demandante alegó que el demandado fue negligente al no darse cuenta de que el bastidor trasero de su vehículo obstruía el tráfico. Tampoco comprendió que entrar en un camino privado e intentar dar marcha atrás en una carretera principal era una violación de las normas de circulación, las prácticas de seguridad establecidas y las políticas de conducción de su empleador.
Además de la responsabilidad indirecta, el demandante alegó negligencia en la contratación y el encargo al empleador del demandado. La investigación reveló que el conductor demandado tenía un historial de conducción deficiente, que incluía exceso de velocidad y accidentes anteriores, lo que era conocido por su empleador cuando lo contrató cinco meses antes del accidente.
El demandante también alegó negligencia en la supervisión y la formación porque la empresa no formó al demandado sobre el camión que conducía. El demandado admitió que no estaba familiarizado con ese vehículo.
Como consecuencia del accidente, la demandante tiene una capacidad limitada para doblar la muñeca derecha o cerrar los dedos del todo y sigue padeciendo dolores en la muñeca derecha, el hombro y el cuello.
La demandante contrató a un neurólogo y a un neuropsicólogo para que corroboraran sus lesiones cerebrales y el grado en que su funcionamiento cognitivo y su memoria se habían visto afectados por el accidente. Estos expertos también establecieron que el historial de la demandante y la presencia de factores de estrés previos al accidente la hacían especialmente vulnerable a los efectos de una lesión cerebral traumática. La demandante también contrató a un planificador de cuidados vitales y a un economista para cuantificar los daños económicos.
El demandado alegó que la propia inactividad del demandante al no frenar y/o esquivar el camión fue comparativamente negligente. El caso se resolvió en mediación tras la presentación de pruebas.