En un plazo de 2 a 3 semanas desde la presentación de su reclamación, su caso será asignado para una conciliación. Una conciliación es una reunión entre usted, su abogadoUn representante de la compañía de seguros y un conciliador del Departamento de Accidentes Laborales. El conciliador animará a todos los implicados a resolver el asunto de forma voluntaria. Intentará evitar llevar el caso ante un juez. El conciliador escucha a todas las partes y las revisa. A continuación, archiva toda la documentación pertinente aportada tanto por usted como por la aseguradora. Si hay un desacuerdo sobre el alcance de su lesión o enfermedad, ambas partes presentarán la documentación. En la documentación se anota la "última mejor oferta" de indemnización para que el conciliador la tenga en cuenta.
Las conciliaciones son la primera etapa del proceso de resolución de conflictos. Este proceso se inicia cuando la DIA recibe una Reclamación del empleado (Formulario 110) o un Reclamación de la aseguradora para modificar, suspender o recuperar la indemnización (Formulario 108). Un Reclamación del empleado (Formulario 110) es presentada por un empleado lesionado o su defensor legal contra la compañía de seguros de compensación de los trabajadores. Por otro lado, el Reclamación de la aseguradora para modificar, suspender o recuperar la indemnización (Formulario 108) se presenta cuando una compañía de seguros busca la aprobación para detener o modificar sus beneficios. Si recibe cualquiera de estos formularios, se programará una conciliación. Esta reunión suele celebrarse en un plazo de 12 días laborables desde la presentación de cualquiera de los dos formularios.
Un conciliador estará presente en estas reuniones para mediar en la discusión y garantizar que se discuta la información crítica. Estas reuniones son un proceso alternativo de resolución extrajudicial de conflictos y son totalmente voluntarias y confidenciales. El conciliador actúa como un tercero neutral.
Ventajas de la conciliación
- Establece la autodeterminación
- Cada parte determina el momento, el idioma, el lugar y el contenido de las reuniones
- Garantiza la competencia del responsable de la toma de decisiones
- Cada parte elige su propio conciliador. Un conciliador no necesita tener una formación profesional específica.
- Tiempo y rentabilidad
- Dado que estas reuniones son informales y flexibles, pueden celebrarse de manera eficiente en cuanto a tiempo y costes
- Confidencial
- Los litigios pueden resolverse con discreción
Conferencia
El conciliador no está facultado para ordenar o denegar una indemnización si usted y la aseguradora no consiguen llegar a un acuerdo durante la reunión de conciliación. En cambio, se encarga de revisar toda la información presentada y hacer una recomendación a un juez del Departamento de Accidentes Laborales para un procedimiento informal llamado conferencia. Según la ley de compensación laboral, una vez presentada la recomendación, se asignará un juez y se programará una conferencia "inmediatamente". Siendo realistas, el tiempo que transcurre desde la conciliación hasta la conferencia se basa en el número de casos que tenga por delante y puede oscilar entre unas pocas semanas y hasta seis meses.
Una vez llegada la fecha de la conferencia, el juez tendrá plena autoridad para ordenar (Orden de pago) o denegar (Denegación de indemnización) las prestaciones. Si se utilizó el procedimiento de "última mejor oferta" en la conciliación, el juez elegirá entre la oferta realizada por la aseguradora y la oferta realizada por el trabajador. No obstante, el juez tiene la facultad de elegir otra cifra siempre que se justifique.
Ambas partes pueden recurrir la decisión del juez de la conferencia. También pueden solicitar una audiencia. Durante la audiencia se celebra un juicio formal en el que los testigos declaran bajo juramento y son interrogados. La tasa para presentar un recurso es de $350 y la paga la parte solicitante. Esta tasa paga un examen médico realizado por un "médico imparcial". Una vez enviado el informe del médico al juez, sólo se pueden admitir otras pruebas médicas si el juez lo considera necesario. Si el juez de la conferencia ordena a la compañía de seguros que indemnice al empleado y ésta recurre, el empleado seguirá recibiendo las prestaciones mientras el recurso esté pendiente.